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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 52. Tipo de sanciones.

Artículo 52 del Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León. · BOCL-h-2014-90371

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-02.

Texto consolidado

A las infracciones señaladas en esta ley les corresponderán las siguientes sanciones:

a) El apercibimiento.

b) La multa.

c) El cierre del establecimiento o la suspensión de la actividad comercial por un plazo no superior a un año.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-09-02.

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