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Decreto Legislativo Derogada

Artículo 52.

Artículo 52 del Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. · BOE-A-2014-5595

Atención: Decreto Legislativo 1/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Queda prohibida, salvo autorización expresa del órgano foral competente, la observación y registro gráfico o sonoro a menos de 250 metros de especies de la fauna silvestre catalogadas como «en peligro de extinción» o «vulnerables» y el establecimiento a tales fines de puestos fijos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-05-20.

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