Artículo 51.
Artículo 51 de la Resolución de 6 de junio de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting. · BOE-A-2013-6895
Atención: BOE-A-2013-6895 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Comité Nacional de Jueces-árbitro, tendrá a su cargo la organización y dirección de las tareas propias, así como la formación de sus Jueces-árbitro.
1. Será función de este Comité:
• Establecer los niveles de formación arbitral.
• Clasificar técnicamente a los Jueces-árbitro, proponiendo la adscripción a las categorías correspondientes.
• Proponer los candidatos a Jueces internacionales.
• Aprobar las normas administrativas regulando el arbitraje.
• Coordinar con las Federaciones territoriales los niveles de formación.
• Designar a los colegiados en las competiciones de ámbito estatal.