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Orden Derogada

Artículo 51. Resolución y pago de las ayudas.

Artículo 51 de la Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. · BOE-A-2015-14059

Atención: Orden ECD/2796/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses desde el día siguiente a la fecha límite para la presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria.

En el caso de solicitud conjunta, la resolución relacionará las empresas productoras beneficiarias, la cuantía de la ayuda concedida a cada una y el presupuesto a ejecutar por cada una de ellas.

2. La ayuda se hará efectiva mediante un único pago tras la resolución de concesión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

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