Artículo 51. Resolución y pago de las ayudas.
Artículo 51 de la Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. · BOE-A-2015-14059
Atención: Orden ECD/2796/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses desde el día siguiente a la fecha límite para la presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria.
En el caso de solicitud conjunta, la resolución relacionará las empresas productoras beneficiarias, la cuantía de la ayuda concedida a cada una y el presupuesto a ejecutar por cada una de ellas.
2. La ayuda se hará efectiva mediante un único pago tras la resolución de concesión.
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