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Ley Vigente

Artículo 51. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 51 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono. · BOE-A-2017-7353

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-01.

Texto consolidado

1. Este capítulo tiene por objeto la regulación, como tributo propio de la Generalidad, del impuesto sobre el riesgo medioambiental de la producción, manipulación y transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxicos.

2. El impuesto sobre el riesgo medioambiental de la producción, manipulación y transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxicos es exigible en todo el territorio de Cataluña.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-04-01.

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