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Ley Derogada

Artículo 51. De la seguridad en las cacerías.

Artículo 51 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón. · BOE-A-2002-9244

Atención: Ley 5/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Reglamentariamente se fijarán las condiciones mínimas que deben adoptarse en el desarrollo de las diferentes modalidades de caza para garantizar la seguridad de las mismas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-07.

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