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Ley Vigente

Artículo 51. Asunción por la Generalitat de la carga de la deuda para 2021 de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana.

Artículo 51 de la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-1860

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

1. La Generalitat asume la carga de la deuda de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana correspondiente a 2021.

El importe de la deuda amortizada en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior se constituye en aportación de la Generalitat para incrementar el fondo patrimonial de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana.

2. La persona que tenga asignada la titularidad de la conselleria con competencias en materia de hacienda autorizará las operaciones de tesorería y adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

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