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Ley Vigente

Artículo 51. Deberes de las personas propietarias de suelos urbanos no consolidados de escasa entidad.

Artículo 51 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. · BOE-A-2017-10295

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-01.

Texto consolidado

Reglamentariamente, podrán graduarse los deberes de las personas propietarias de suelo urbano no consolidado por la urbanización, cuando las características y la escasa entidad del ámbito en el que estén incluidos sus terrenos dificulten o impidan la materialización de las operaciones de cesión y equidistribución.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-09-01.

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