Artículo 51. Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
Artículo 51 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015. · BOE-A-2014-13612
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.2 de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, durante el ejercicio presupuestario de 2015 los recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria no superarán el importe de 22.000.000 miles de euros.