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Ley Vigente

Artículo 51. Derecho al error administrativo.

Artículo 51 de la Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado. · BOE-A-2026-15683

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-03.

Texto consolidado

En los términos de la legislación básica, la Administración promoverá la subsanación temprana de errores materiales o formales, facilitando su corrección mediante mecanismos ágiles y preferentemente automatizados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-07-03.

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