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Ley Vigente

Artículo 51. Fuentes de financiación.

Artículo 51 de la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia. · BOE-A-2021-21315

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

Texto consolidado

1. El Sistema de Servicios Sociales se financiará con cargo a las siguientes fuentes:

a) Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) Los presupuestos de las entidades locales con competencias en materia de servicios sociales.

c) Las aportaciones que, en su caso, realice la Administración General del Estado.

d) Las aportaciones que, en su caso, realice la Unión Europea.

e) Las aportaciones que realice cualquier otra organización, institución o entidad pública.

f) Las aportaciones de las personas usuarias del Sistema de Servicios Sociales.

g) Cualquier otra aportación económica que, conforme al ordenamiento jurídico, se destine al Sistema de Servicios Sociales.

2. Asimismo podrá financiarse con:

a) Las aportaciones de las entidades de iniciativa social y de las entidades de iniciativa privada mercantil para el mantenimiento de sus programas, prestaciones, centros y servicios integrados en el sistema.

b) Las herencias, donaciones o legados de cualquier índole asignados a tal fin.

3. En cada obra pública financiada total o parcialmente por la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos, cuyo presupuesto de ejecución material supere los seiscientos mil euros, se incluirá una partida equivalente, al menos, del 0,5 por cien de la aportación de la Administración Regional, que se destinará a financiar inversiones en materia de servicios sociales.

A estos efectos tendrán la consideración de ampliables los créditos para operaciones de capital a realizar en el Sistema de Servicios Sociales que específicamente así se determinen en la ley de presupuestos de cada ejercicio. Dichas ampliaciones se financiarán con las retenciones que se practiquen en cumplimiento de este artículo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

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