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Ley Vigente

Artículo 51.

Artículo 51 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona. · BOE-A-1999-2518

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

Texto consolidado

1. Las políticas de personal se dirigen a garantizar que el Ayuntamiento esté dotado de recursos humanos adecuados para la realización de actividades de interés municipal.

2. El personal profesional del Ayuntamiento de Barcelona se selecciona y ordena en aplicación de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y actúa con imparcialidad en el desarrollo de sus funciones.

3. La planificación de personal tiene por objeto articular su gestión con las demás políticas municipales. El Ayuntamiento debe determinar por reglamento los supuestos de movilidad funcional que mejoren el aprovechamiento de los recursos humanos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

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