El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 51. Derechos.

Artículo 51 de la Ley 2/2007, de 12 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de Extremadura. · BOE-A-2007-10663

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-16.

Texto consolidado

Los archivos integrados en el Sistema Archivístico de Extremadura podrán gozar de los siguientes beneficios:

a) El asesoramiento científico y técnico que presten los órganos del Sistema.

b) La participación en cursos, seminarios o reuniones que la Consejería de Cultura organice.

c) El depósito de los fondos documentales de su propiedad, cuando no puedan garantizar la conservación y custodia de los documentos, en el Archivo General de Extremadura, en los Archivos Históricos Provinciales, o en otros integrados en el Sistema Archivístico de Extremadura, sin más contrapartida por parte del titular que la de autorizar, en el momento de realizar el depósito, la consulta de fondos con fines de investigación histórica en los términos previstos en el artículo 43 de la presente Ley.

d) El acceso a los programas de apoyo técnico y económico que se establezcan por la Junta de Extremadura.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-16.

Más artículos de Ley 2/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.