Artículo 51. Multas coercitivas.
Artículo 51 de la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria. · BOE-A-2003-14567
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-21.
Texto consolidado
En el supuesto de que el operador agroalimentario no realice las actividades ordenadas por la inspección o no aplique las medidas cautelares que se le impongan, el órgano competente en materia agroalimentaria puede imponer multas coercitivas de hasta 6.000 euros, con una periodicidad de tres meses hasta el cumplimiento total de las obligaciones impuestas.