Artículo 50. Concepto de riesgo de desprotección.
Artículo 50 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2011-1141
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-28.
Texto consolidado
Se entiende por riesgo de desprotección aquella situación en que una persona menor vive o se desenvuelve en entornos familiares o sociales cuyas condiciones pueden provocar un daño significativo a medio o largo plazo en su bienestar y desarrollo.