Artículo 50. Competencia sancionadora.
Artículo 50 de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón. · BOE-A-2019-466
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-22.
Texto consolidado
Es competente para la incoación y resolución de los procedimientos sancionadores por las infracciones tipificadas en esta ley la persona titular del departamento competente en materia de memoria democrática.