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Ley Vigente

Artículo 50. Investigación cooperativa y en redes.

Artículo 50 de la Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación. · BOE-A-2025-4911

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-26.

Texto consolidado

La Administración del Principado de Asturias, de acuerdo con las prioridades contempladas en el PEICTI y en el programa marco de la Unión Europea:

a) Promoverá la creación de redes e infraestructuras de colaboración científica y tecnológica accesibles al personal investigador asturiano, preferentemente bajo una administración y gestión común.

b) Potenciará la participación del personal investigador adscrito al SACI en redes y proyectos de investigación nacionales e internacionales que compartan recursos y resultados, y sujetos a una administración basada en la cooperación en materia de innovación, desarrollo tecnológico e investigación.

c) Impulsará la configuración de redes del conocimiento entre los diferentes agentes que conforman el SACI con el fin de optimizar el aprovechamiento y la transferencia del conocimiento al sector productivo.

d) Apoyará la investigación cooperativa entre el sector empresarial y el ámbito universitario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-03-26.

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