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Decreto-ley Vigente

Artículo 50. Financiación de las ayudas.

Artículo 50 del Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-5250

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-12.

Texto consolidado

1. Las ayudas recogidas en este capítulo se financiarán con imputación a la anualidad 2020 aplicación presupuestaria 13008/242A/489.00 Fondo CAG0000001, Código de. 2020221 «Ayuda extraordinaria Asalariados por ERTES». Cuantía: 1.528.000,00 euros.

2. Esta actuación, podría ser objeto de cofinanciación dentro del PO FSE, en el Objetivo específico 09.4.1.–Mejorar la accesibilidad para las personas más vulnerables a servicios de atención sanitaria, sociales y de orientación, formación y educación, incluyendo la eliminación de los estereotipos, o bien dentro de la prioridad de inversión 8v - Adaptación al cambio de trabajadores, empresas y emprendedores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-12.

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