Artículo 5. Órganos de gobierno y unipersonales.
Artículo 5 del Real Decreto 999/2018, de 3 de agosto, por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo de la Juventud de España. · BOE-A-2018-11141
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-05.
Texto consolidado
1. Los órganos de gobierno del Consejo de la Juventud de España son:
a) La Asamblea general.
b) La Asamblea ejecutiva.
c) La Comisión Permanente.
d) Las Comisiones especializadas.
e) La Comisión de Garantías.
f) Aquellos otros que se especifiquen en su Reglamento de organización y funcionamiento interno.
2. Los órganos unipersonales del Consejo de la Juventud de España serán:
a) La Presidencia.
b) La Vicepresidencia o Vicepresidencias.
c) La Secretaría.
d) La Tesorería o responsable de Finanzas.
e) La persona responsable de Relaciones Internacionales.
f) La persona responsable del Área o Vocalía de la Comisión Permanente.
3. La designación de los miembros en los órganos de gobierno que se regulen y sus representantes observará, en su caso, el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres.