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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Funciones de la Comisión.

Artículo 5 del Real Decreto 947/2006, de 28 de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional y la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General del Estado. · BOE-A-2006-15575

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-09-08.

Texto consolidado

Corresponde a la Comisión de publicidad y comunicación institucional:

a) Informar los proyectos de normas generales que afecten a la publicidad y comunicación institucional.

b) La coordinación, impulso y establecimiento de criterios para la política de comunicación institucional.

c) Elaborar, para su posterior aprobación por el Consejo de Ministros, los pliegos de cláusulas administrativas generales para las campañas institucionales de publicidad y de comunicación de la Administración General del Estado y de las demás entidades integrantes del sector público estatal.

d) Elaborar, para su posterior aprobación por el Consejo de Ministros, el proyecto de Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General del Estado, a partir de las propuestas recibidas de todos los departamentos ministeriales.

e) Elaborar, para su elevación al Consejo de Ministros, el proyecto de Informe anual de publicidad y comunicación de la Administración General del Estado.

f) Elegir, entre sus miembros, los vocales de la Comisión Ejecutiva y del Comité de recursos y prever su suplencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-09-08.

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