Artículo 5. Sujetos de inversiones españolas en el exterior.
Artículo 5 del Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores. · BOE-A-1999-9938
Atención: Real Decreto 664/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Pueden ser titulares de inversiones españolas en el exterior:
a) Las personas físicas residentes en España, entendiéndose por tales los españoles o extranjeros con domicilio o residencia principal en España.
b) Las personas jurídicas domiciliadas en España.