Artículo 5. Suministro de hidrógeno para el transporte por carretera.
Artículo 5 del Real Decreto 639/2016, de 9 de diciembre, por el que se establece un marco de medidas para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos. · BOE-A-2016-11738
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-12-11.
Texto consolidado
Los puntos de repostaje de hidrógeno que sean accesibles al público y hayan sido implantados o renovados a partir del 18 de noviembre de 2017 cumplirán las especificaciones técnicas establecidas en el anexo II, punto 2.
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