Artículo 5. Colaboración con las comunidades autónomas y las entidades locales.
Artículo 5 del Real Decreto 615/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I. · BOE-A-2024-15944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-03.
Texto consolidado
En el ámbito de sus competencias, el Consejo podrá colaborar con las comunidades autónomas, las ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades locales a través de los siguientes mecanismos:
a) La celebración de convenios que, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, faculten al Consejo para la resolución de la reclamación prevista en el artículo 24 de dicha ley.
b) La celebración de convenios en materias específicas en el ámbito de sus respectivas competencias.