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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 5. Régimen de funcionamiento.

Artículo 5 del Real Decreto 417/1996, de 1 de marzo, por el que se regula la composición y funciones del Consejo Asesor para la Promoción del Comercio con África Occidental. · BOE-A-1996-6828

Atención: Real Decreto 417/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Consejo Asesor para la Promoción del Comercio con África Occidental (CAPCAO) se reunirá, al menos, una vez al año a propuesta del Presidente o del Vicepresidente Primero. El Comité Ejecutivo se reunirá, al menos, dos veces al año a propuesta del Presidente.

2. El Consejo Asesor elaborará anualmente una Memoria sobre las actividades desarrolladas en cumplimiento de sus funciones, que será presentada al Ministro de Comercio y Turismo.

3. El Consejo Asesor establecerá sus propias normas de funcionamiento y, sin perjuicio de las peculiaridades previstas por el presente Real Decreto y dichas normas, se regirá por lo establecido en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-10-28.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2005-17673.

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