Artículo 5. Compensación al transporte de petróleo y de sus derivados.
Artículo 5 del Real Decreto 362/2009, de 20 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias. · BOE-A-2009-4726
Atención: Real Decreto 362/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El transporte marítimo interinsular y con destino al resto de España de productos del petróleo y sus derivados, originarios de las Islas Canarias o que hayan sufrido en éstas transformaciones que aumenten su valor, gozará de una compensación de hasta el 10 por 100 de los costes regulados en el artículo 7, con la limitación recogida en su apartado 4.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 362/2009, de 20 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.