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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Docentes de otros cuerpos.

Artículo 5 del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril, por el que se regula la asignación de materias en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato a las especialidades de distintos cuerpos de funcionarios docentes, y se modifican diversas normas relativas al profesorado de enseñanzas no universitarias. · BOE-A-2023-9553

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-20.

Texto consolidado

1. Cuando la modalidad de Artes del Bachillerato se imparta en centros de enseñanzas artísticas, las materias correspondientes podrán ser asignadas a personal funcionario de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Música y Artes Escénicas conforme a lo establecido en los anexos V y VI.

2. Las administraciones educativas determinarán las condiciones en las que el personal funcionario del cuerpo de maestros de las especialidades de «Pedagogía terapéutica» y «Audición y lenguaje» desempeñará en la Educación Secundaria Obligatoria funciones de atención a la diversidad relacionadas con su especialidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-20.

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