Artículo 5.º
Artículo 5 del Real Decreto 2020/1986, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras. · BOE-A-1986-25968
Atención: Real Decreto 2020/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Junta se reunirá por convocatoria de su Presidente, cursadas sin más antelación que la necesaria para que los restantes miembros puedan quedar enterados. Se considerarán válidamente constituida la Junta cuando asistan la mitad más uno de sus componentes.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente el voto del Presidente.