Artículo 5.
Artículo 5 del Real Decreto 1677/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de espectáculos públicos. · BOE-A-1984-21517
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-09-19.
Texto consolidado
El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».