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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

Artículo 5 del Real Decreto 1634/2009, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico en Producción Agropecuaria y se fijan sus enseñanzas mínimas. · BOE-A-2009-19149

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-02.

Texto consolidado

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:

1. Determinar el cultivo que se va a implantar interpretando los datos climáticos, edafológicos, topográficos y de agua de riego de la zona.

2. Manejar equipos y maquinaria, siguiendo las especificaciones técnicas.

3. Montar y mantener instalaciones agroganaderas, interpretando planos de instalación y manuales de mantenimiento.

4. Preparar el terreno con la maquinaria seleccionada, realizando la regulación de los equipos y garantizando que las labores se realizan según buenas prácticas agrícolas.

5. Sembrar, plantar y/ o trasplantar el material vegetal utilizando medios técnicos y siguiendo la planificación establecida.

6. Manejar el sistema de riego, optimizando el aprovechamiento de agua y verificando que las necesidades hídricas de los cultivos estén cubiertas.

7. Efectuar las labores culturales utilizando las técnicas que aseguren el buen desarrollo del cultivo.

8. Cuantificar los agentes beneficiosos y perjudiciales para los cultivos, utilizando los métodos de muestreo establecidos.

9. Preparar y aplicar el tratamiento fitosanitario necesario, interpretando la documentación técnica.

10. Recolectar, acondicionar y almacenar los productos y subproductos garantizando su calidad.

11. Realizar el pastoreo aprovechando los recursos herbáceos, arbustivos y arbóreos del medio.

12. Realizar operaciones de manejo y producción animal en explotaciones ganaderas asegurando la rentabilidad, calidad, trazabilidad y bienestar animal.

13. Obtener productos apícolas manejando las colmenas.

14. Aplicar procedimientos de calidad, trazabilidad, prevención de riesgos laborales y ambientales, de acuerdo con lo establecido en los procesos de producción.

15. Mantener una actitud profesional de innovación, respecto a los cambios tecnológicos, en la creación de nuevos productos y mejora de procesos y técnicas de comercialización.

16. Adaptarse a diferentes puestos de trabajo y nuevas situaciones laborales, originados por cambios tecnológicos y organizativos en los procesos productivos.

17. Gestionar su carrera profesional, analizando las oportunidades de empleo, autoempleo y de aprendizaje.

18. Crear y gestionar una pequeña empresa, realizando un estudio de viabilidad de productos, de planificación de la producción y de comercialización.

19. Participar de forma activa en la vida económica, social y cultural, con una actitud crítica y de responsabilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-02.

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