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Real Decreto Vigente

Artículo 5.

Artículo 5 del Real Decreto 1572/1993, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento administrativo sancionador de las infracciones por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de la Función Estadística Pública. · BOE-A-1993-24317

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-10-07.

Texto consolidado

1. El procedimiento abreviado previsto en el artículo 54.2 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, se tramitará conforme a las siguientes normas y lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

2. Si el instructor apreciara la existencia de infracción de carácter leve, procederá a formular propuesta razonada de resolución, que notificará a los interesados, concediéndoles un plazo de siete días para que aleguen lo que estimen conveniente a su defensa. Recibidas las alegaciones o transcurrido el plazo de presentación y si el instructor no estimara necesaria la proposición y práctica de prueba, elevará todo lo actuado a la Presidencia del Instituto para que adopte la resolución pertinente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-10-07.

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