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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Infracciones y sanciones.

Artículo 5 del Real Decreto 1380/2002, de 20 de diciembre, de identificación de los productos de la pesca, de la acuicultura y del marisqueo congelados y ultracongelados. · BOE-A-2003-91

Atención: Real Decreto 1380/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las disposiciones de este Real Decreto serán de utilización para los efectos de la posible aplicación de las normas sancionadoras que se contienen en la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, y, en su caso, en la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria, sin perjuicio de la aplicación de las normas autonómicas dictadas en el ejercicio de sus competencias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-04.

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