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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Forma y presentación de la solicitud.

Artículo 5 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas. · BOE-A-2011-16351

Atención: Real Decreto 1335/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En la solicitud de registro se hará constar:

a) Nombre y dirección del solicitante.

b) Nombre a proteger.

2. Dicha solicitud de inscripción o de modificación del pliego de condiciones se dirigirá al Director General de Industria y Mercados Alimentarios del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y podrá presentarse en cualquiera de los registros o lugares a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o bien por medios electrónicos de conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-10-19.

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