Artículo 5. Comisiones.
Artículo 5 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios. · BOE-A-2007-17582
Atención: Real Decreto 1313/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios serán juzgados por comisiones, nombradas de acuerdo con lo establecido por los estatutos de cada universidad, que propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento.