Artículo 5. Órganos de dirección y firmeza de sus actos.
Artículo 5 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo. · BOE-A-2015-2115
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-01.
Texto consolidado
1. La entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo tendrá como máximos órganos de dirección los siguientes:
a) El Presidente.
b) El Consejo de Administración.
c) El Director-Gerente.
2. Los actos dictados por el Presidente y el Consejo de Administración, en el ámbito de sus respectivas competencias, pondrán fin a la vía administrativa.