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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Creación y constitución de juzgados.

Artículo 5 del Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, de creación de treinta y tres unidades judiciales COVID-19 correspondientes a la programación de 2020. · BOE-A-2020-15393

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-03.

Texto consolidado

Conforme a lo dispuesto en los artículos 20.1, 41, 43.2, y 46 bis de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se crean y se constituyen los siguientes juzgados:

a) Un Juzgado de Primera Instancia: Número 9 de Burgos.

b) Un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción: Número 9 de Toledo.

c) Quince Juzgados de lo Social:

Número 5 de Córdoba.

Número 4 de Huelva.

Número 6 de Palma de Mallorca.

Número 8 de Zaragoza.

Número 11 de Las Palmas de Gran Canaria.

Número 9 de Santa Cruz de Tenerife.

Número 2 de Cuenca.

Número 4 de Toledo.

Número 4 de León.

Número 5 de Castellón de la Plana.

Número 7 de A Coruña.

Número 4 de Lugo.

Número 7 de Vigo.

Número 5 de Badajoz.

Número 45 de Madrid.

d) Trece Juzgados de lo Mercantil:

Número 2 de Cádiz.

Número 2 de Granada.

Número 4 de Palma de Mallorca.

Número 3 de Las Palmas de Gran Canaria.

Número 2 de Valladolid.

Número 4 de Alicante.

Número 5 de Valencia.

Número 2 de Badajoz.

Número 17 de Madrid.

Número 18 de Madrid.

Número 3 de Murcia.

Número 4 de Murcia.

Número 3 de Bilbao.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-12-03.

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