Artículo 5. Financiación.
Artículo 5 de la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo. · BOE-A-2007-11270
Atención: Orden TAS/1622/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los créditos con los que se financiarán las subvenciones reguladas en esta orden tendrán el carácter de fondos de empleo de ámbito nacional y figurarán identificados y desagregados en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo. La distribución de los fondos a las Comunidades Autónomas con competencias traspasadas de gestión se efectuará según lo establecido en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.