Artículo 5. Normas de funcionamiento.
Artículo 5 de la Orden MAM/1742/2006, de 29 de mayo, por la que se crea el Comité Científico de la Red de Parques Nacionales. · BOE-A-2006-9964
Atención: Orden MAM/1742/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Comité aprobará sus propias normas de funcionamiento, que serán sometidas a la aprobación de la Presidencia del Organismo Autónomo Parques Nacionales. En todo lo no previsto por sus normas de funcionamiento se aplicará lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.