Artículo 5. Rectificación de los libros ya legalizados.
Artículo 5 de la Orden JUS/221/2017, de 9 de marzo, sobre legalización en formato electrónico de los libros de fundaciones de competencia estatal. · BOE-A-2017-2742
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-15.
Texto consolidado
Para la rectificación de los libros ya legalizados, se deberá incluir en el fichero correspondiente de la solicitud de rectificación, un archivo en el que conste certificación del Secretario del Patronato, por el que se dé cuenta del error cometido, en unión del archivo rectificado en el que constarán los datos correctos.