Artículo 5. Dirección electrónica del punto de información único.
Artículo 5 de la Orden ECE/529/2019, de 26 de abril, por la que se pone en funcionamiento el Punto de Información Único establecido en el Real Decreto 330/2016, de 9 de septiembre, relativo a medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad. · BOE-A-2019-6997
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-12.
Texto consolidado
La dirección electrónica del punto de información único es:
https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/piu
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