Artículo 5. El Tribunal Marítimo Central.
Artículo 5 de la Orden DEF/1642/2015, de 30 de julio, por la que se desarrolla la organización básica de la Armada. · BOE-A-2015-8803
Atención: Orden DEF/1642/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Tribunal Marítimo Central desempeña sus funciones con arreglo a lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, y se rige por las disposiciones del título II de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre, por la que se regulan los auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos, que, en calidad de normas reglamentarias, continúan en vigor con arreglo a lo establecido en la disposición derogatoria única, párrafo f), de la mencionada Ley 14/2014, de 24 de julio, y por el Decreto 984/1967, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre que regula los auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos.