Artículo 5. Demarcación de los Puestos.
Artículo 5 de la Orden de 8 de septiembre de 1998 por la que se determina el mando y demarcación territorial de las Compañías y Puestos de la Guardia Civil. · BOE-A-1998-21443
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-09-12.
Texto consolidado
La demarcación de cada Puesto podrá abarcar uno o varios términos municipales completos o parte de los mismos, para garantizar los niveles de presencia, proximidad y servicio, necesarios.