Artículo 5. Alta Dirección del Ballet Nacional de España.
Artículo 5 de la Orden CUL/3065/2010, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el Estatuto del Ballet Nacional de España, como centro de creación artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. · BOE-A-2010-18375
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-01.
Texto consolidado
El Ballet Nacional de España, como centro de creación artística del INAEM, depende orgánica y funcionalmente de la Dirección General del INAEM, a quien corresponde la máxima supervisión y evaluación del cumplimiento de sus fines y objetivos.
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