Artículo 5. Recursos.
Artículo 5 de la Orden CIN/2657/2008, de 18 de septiembre, por la que se regula el procedimiento administrativo para la evaluación de la actividad investigadora del personal investigador en formación. · BOE-A-2008-15341
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-23.
Texto consolidado
Los acuerdos que adopte la CNEAI podrán ser recurridos en alzada ante el Secretario de Estado de Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, al amparo de lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Más artículos de Orden CIN/2657/2008
- ← Artículo 4. Instrucción y resolución del procedimiento.
- → Disposición transitoria única. Régimen aplicable a las solicitudes ya presentadas.
- Ver la norma completa: Orden CIN/2657/2008, de 18 de septiembre, por la que se regula el procedimiento administrativo para la evaluación de la actividad investigadora del personal investigador en formación.