Artículo 5. Coordinación con las Administraciones públicas y las organizaciones representativas del sector.
Artículo 5 de la Orden AAA/2272/2013, de 27 de noviembre, por la que se crea la Comisión permanente para situaciones de adversidad climática o medioambiental. · BOE-A-2013-12687
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-05.
Texto consolidado
La Comisión permanente para situaciones de adversidad climática o medioambiental podrá promover reuniones de carácter técnico, de seguimiento, información y coordinación con otras Administraciones públicas y las organizaciones representativas de los sectores afectados, que se denominarán Mesas temáticas en función de la adversidad a tratar (sequía, heladas, inundaciones, incendios forestales).