Artículo 5. Actividades básicas de la salud pública.
Artículo 5 de la Ley 7/2011, de 23 de marzo, de salud pública de Extremadura. · BOE-A-2011-6650
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-14.
Texto consolidado
Las actividades básicas en salud pública son:
a) La vigilancia y seguimiento del estado de salud de la población.
b) El diagnóstico y la investigación de los problemas y riesgos en salud.
c) La información y educación para la salud de la población.
d) El fomento de la participación comunitaria en salud.
e) El desarrollo de planes y políticas de apoyo a esfuerzos individuales y colectivos.
f) La garantía de la competencia profesional.
g) La evaluación de la efectividad, accesibilidad y calidad de los servicios.
h) La investigación de nuevos aspectos y soluciones a los problemas.
i) El control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de salud pública.