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Ley Vigente

Artículo 5. Deber general de promoción de la simplificación administrativa.

Artículo 5 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa. · BOE-A-2025-1

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-10.

Texto consolidado

Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán promover la simplificación administrativa en el ejercicio de sus competencias. Asimismo, deberán aplicar criterios de simplificación en el ámbito regulatorio, procedimental y organizativo, para mejorar la eficiencia de su gestión, organización y funcionamiento, así como para reducir cargas administrativas a la ciudadanía y a las empresas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-12-10.

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