El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 5. Planes de explotación.

Artículo 5 de la Ley 6/1996, de 9 de julio, de coordinación de los servicios de transportes urbanos e interurbanos por carretera de Galicia. · BOE-A-1996-19261

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-07-19.

Texto consolidado

1. El establecimiento o ampliación de servicios urbanos, cuando afecten a servicios interurbanos previamente establecidos, en áreas de influencia en municipios de más de 50.000 habitantes, se coordinarán a través de los planes de explotación regulados en este capítulo.

2. Cuando existan razones de interés público que así lo aconsejen, y por orden de la Consejería competente, podrán incluirse otros municipios en el régimen propio de este capítulo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-07-19.

Más artículos de Ley 6/1996

En El Vínculo puedes leer Ley 6/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.