Artículo 5. Requisitos de acceso.
Artículo 5 de la Ley 5/2013, de 5 de julio, por la que se reconoce como universidad privada a la Universidad Europea del Atlántico. · BOE-A-2013-8087
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-16.
Texto consolidado
1. Podrá acceder a la «Universidad Europea del Atlántico» el alumnado que cumpla los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder a las enseñanzas universitarias.
2. La «Universidad Europea del Atlántico» regulará el régimen de acceso y permanencia del alumnado en sus centros, con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, garantizando, en todo caso, que no exista discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.