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Ley Vigente

Artículo 5. Funciones de la Junta.

Artículo 5 de la Ley 5/2006, de 30 de mayo, del Parque Natural de Las Ubiñas-La Mesa. · BOE-A-2006-14407

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-25.

Texto consolidado

La Junta tendrá las siguientes funciones:

a) Informar preceptivamente los instrumentos de planificación y gestión del Parque, proponiendo, en su caso, las medidas que considere oportunas para su conservación, mejora y conocimiento y para el desarrollo económico y social de la zona.

b) Velar por el cumplimiento de las finalidades del Parque.

c) Promover y fomentar actuaciones para el estudio, divulgación y disfrute de los valores del Parque.

d) Recibir la Memoria anual de actividades y resultados e informes, proponiendo cuantas medidas considere necesarias para corregir disfunciones o mejorar la gestión.

e) Informar cualquier asunto que le someta la Comisión Rectora.

f) Aprobar su reglamento de funcionamiento.

g) Informar la propuesta de nombramiento del Conservador.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-25.

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