Artículo 5.
Artículo 5 de la Ley 5/1992, de 15 de julio, para la Ordenación de la Zona de El Rincón, La Orotava. · BOE-A-1992-20898
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-08-06.
Texto consolidado
La aprobación inicial y provisional del Plan corresponderá al Consejero de Política Territorial previo informe de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias. La aprobación definitiva corresponderá al Gobierno de Canarias que lo hará mediante Decreto y previo informe de la Consejería de Agricultura y Pesca.